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*Vanessa Batista Berner

Género y el Sistema Judicial Brasileño

Ilustración: "O sapo", J.Borges

Para hablar sobre Género y Sistema Judicial me gustaría iniciar trayendo algunas categorías que considero relevante explicitar. En primer lugar, hay que discurrir sobre el patriarcalismo, entendido como la base y soporte de todo tipo de dominación autoritaria o totalitaria. Y aquí prefiero utilizar "patriarcalismo" y no "patriarcado", a fin de rechazar las posiciones estáticas que nos llevan a pensar en una estructura de opresión autónoma en cuanto al resto de opresiones y dominaciones que preponderan en las relaciones sociales capitalistas. El "patriarcado" sólo afecta a un determinado colectivo (la mujer en abstracto), mientras que el "patriarcalismo" es la categoría que abarca el conjunto de relaciones que articulan un conjunto de opresiones: género, sexo, etnia y clase social, así como el modo en que las relaciones sociales particulares conjugan una dimensión pública de poder, explotación o servidumbre personal. El término patriarcalismo por tanto es más adecuado porque nos hace ver cómo las relaciones patriarcales se articulan con otras formas de relación social en un momento histórico dado. Esto porque las estructuras de clase, racismo, género y sexualidad no pueden ser tratadas como variables independientes, pues la opresión de cada una está imbricada en la otra.

A lo largo de la historia se consolidó una "naturalización" de los valores masculinos y femeninos, y el patriarcalismo indujo una construcción social del derecho y de la política instituyendo dos situaciones: una visible referida ala esfera de los que son iguales ante la ley. y una invisible referida a la de los que son diferentes. Pese a los innegables avances alcanzados en diversos países, especialmente los europeos occidentales, en cuanto a la igualdad de trato, las viejas desigualdades se perpetúan o se reinventan, en la misma medida en que las conquistas jurídicas se deshacen ante la aparición de nuevas circunstancias y conceptos. Así, en relación a la mujer, a los progresos que hasta ahora se han conquistado, queda una molesta cuestión ¿por qué, en las condiciones actuales, las mujeres no se benefician en la misma proporción que los hombres de los progresos alcanzados? ¿Por qué reciben un trato peor que los hombres en la sociedad que juntos construyeron? Esta es efectivamente la gran cuestión ante el patriarcalismo. La respuesta a esta pregunta debe realizarse en etapas (Herrera Flores, 2005: 31-32):

1. políticamente, el patriarcalismo presupone una configuración de la realidad en que prima lo abstracto sobre lo concreto, la desigualdad sobre la igualdad;

2. axiológicamente, el patriarcalismo impone un conjunto de valores, creencias y actitudes no deducidas, ni deducibles, de la realidad, a partir de las cuales un grupo humano se coloca "naturalmente", superior a todo lo demás;

3. sociológicamente, el patriarcalismo se constituye en el conjunto de mecanismos enraizados en la estructura de la sociedad. Es a partir de esos mecanismos que determinadas personas y grupos son rechazados o sistemáticamente desplazados de la participación plena en la cultura, la economía y la política dominantes en la sociedad en determinado momento histórico.

Este patriarcalismo se relaciona estructuralmente con el capitalismo, siendo este patriarcal, racial, étnico, sexual y clasistamente estructurado. No se puede entender, en la perspectiva del patriarcalismo capitalista, los problemas de género sin relacionarlos con las cuestiones raciales, étnicas y de clase social. Se trata de un hetero-patriarcalismo, que conjuga el hacer humano, las relaciones laborales, las relaciones sociales determinadas por la producción y el ocultamiento de las diferencias realmente existentes en las relaciones mercantiles capitalistas. Para comprender el patriarcalismo en este sentido no nos sirve ni el liberalismo extremo, que queda ciego ante las distinciones sociales, ni el marxismo dogmático que sólo entiende el mundo a partir de la propiedad y de los medios de producción (Herrera Flores, 2005: 41).

La lucha de clases está unida inseparablemente de todas las otras luchas para alcanzar una vida digna. Sin embargo, a partir de ese modelo de patriarcalismo se vende como tradición inexorable todo un conjunto de leyes, normas y valores, todas las configuraciones institucionales y culturales que regulan las vidas de las personas, de los pueblos, sin admitir ninguna contestación, bajo la pena de convertirse en marginal. El patriarcalismo, definido como tradición política, axiológica y sociológica, en el cual un poder aumenta en relación directa con lo que queda de otro poder, está basado en cuales principios. Para Patricia Hill Collins (2000), cuya teoría feminista tiene un corte más político, sería en los siguientes:

1. El principio de la dominación, que nace de los desequilibrios discriminatorios entre hombres y mujeres, trabajadores y capital, inmigrantes y ciudadanos: lo que uno detenta, al otro es negado. Para Boaventura Santos, este principio constituye una realidad antigua, basada en la biología, la política y la ética aristotélica. Por medio de la dominación, las experiencias dominantes de clase, sexo o etnia se plantean como universales, como verdades objetivas. Así, lo masculino es una abstracción universal y "natural", mientras lo femenino es tan sólo un punto de vista cargado de particularidades y vinculaciones naturalistas;

2. El principio de la complementariedad, a partir del cual el dominado acepta la situación de inferioridad, reforzando su identidad por medio del inefable sentimiento de que pertenece a algo o a alguien. Así, la identificación del grupo oprimido con el poderoso hace que él carezca de una interpretación propia de su opresión. En ese sentido, el feminismo burgués, aliado al individualismo liberal, adoptó (quizás inconscientemente) la ideología competitiva y atomista del individualismo.

3. El principio de la necesidad, que lleva a los grupos inferiorizados (mujeres, negros, indígenas, etc.) a no articular puntos de vista propios y a colocar siempre alternativas que se originen en los principios anteriores. bel hooks enseña que en el sistema capitalista, el patriarcado está estructurado de tal manera que el sexismo restringe el comportamiento de las mujeres a algunos campos y lo libera en otros. Esto hace que las mujeres a menudo ignoren las esferas en las que son explotadas o discriminadas, hasta el punto de parecer que no están siendo oprimidas.

4. El principio de la victimización. En función de los principios anteriores, los colectivos sometidos a la lógica patriarcal se perciben como pobres, ciudadanos de segunda clase, estigmatizados, sociológicamente inferiores. Son calificados como víctimas, pasivos de sufrir las consecuencias negativas del sistema. Sin embargo, sentirse como víctima no significa verse como explotado, o sea, sujeto de una relación social concreta, determinada por el modo en que se elaboran, se percibe y se enfrenta -la política, axiológica y social- las diferencias y desigualdades (Herrera Flores: 2005: 120-123).

Es decir, estoy hablando de una realidad que influye tanto en mujeres como en hombres, pues las relaciones de género, étnicas, raciales o de clase son una consecuencia, un punto de partida de las relaciones de poder. Es aquí donde entra la cuestión del sistema judicial, aquel poder del Estado cuya función constitucional es la de decidir sobre las posibilidades de igualación y quiebra de isonomías. Si observamos los ordenamientos jurídicos modernos, percibimos rápidamente que la realidad se configura discriminando, abierta o veladamente, a las mujeres. Se trata de una construcción, de una "pedagogía de identidad" (Marcela Lagarde, 2003) que considera "natural" que las mujeres ocupen los lugares propios de mujeres, los negros de negros, los viejos de viejos, etc. Un dogma que no reside en una esencia sexual, étnica o racial, sino en la imposición de un sistema de percepción política, axiológica y sociológica que nos lleva a creer que cada cual debe estar en conformidad con la determinación que le fue impuesta. La teoría feminista se esfuerza por resaltar estos procedimientos.

El Poder Judicial fue concebido y funciona en esta perspectiva del patriarcalismo. Tiene un papel en el marco del Estado Liberal Capitalista. El modelo judicial del Estado moderno se asienta en las características del Estado del período liberal, que revelaba su reducido peso político en contraste con los otros poderes soberanos, el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo. El Poder Judicial brasileño era similar a sus correlatos europeos, latinoamericanos y al modelo estadounidense hasta el advenimiento de la Constitución Federal de 1988. Sin embargo, siempre tuvo características propias, resultantes de una evolución particular del sistema de poderes en el país, conformada en un ambiente sociopolítico típico y en una cultura jurídica específica. En América Latina, como asevera Gallardo (2011), los Estados son aparatos patrimonialistas, rentistas, clientelistas, lo que los impide reconocer o mismo constituir derechos humanos, pues no fortalecen las condiciones para su desarrollo, ya que están desvinculados de las poblaciones y sus intereses.

Hablar de patrimonialismo en conformidad con el esquema explicativo weberiano implica, pues, elucidar el sentido del poder estatal, demostrar cómo se organiza y se legitima el poder en una determinada comunidad sociopolítica: el patrimonialismo, en gran parte de sus manifestaciones prácticas, encierra un conjunto de acciones que le permiten disimular bajo un orden de carácter legal y burocrático (BARILE 2006: 63). Hay toda una formalidad legal y burocrática que encubre las prácticas de un Estado conducido por la lógica del patrimonialismo. En otras palabras, el sistema judicial no es necesariamente eficaz cuando se trata de aplicar derechos de minorías en función de su propia concepción estructural.

En el caso brasileño, además, el "bachillerismo elitista y conservador" es un elemento de gran peso cuando se intenta comprender el proceso de conformación de los magistrados y la manera como éstos se ven y se colocan dentro de la sociedad. La formación de los "bachilleres" [1] en Brasil transitó a lo largo de la historia como una concepción profundamente conservadora, adecuada a las posiciones sociales hegemónicas, en lugar de favorecer la formación de una conciencia crítica que estimulase procesos de transformación de relaciones sociales injustas. Esta visión corporativa rechaza las propuestas políticas y sociales emancipadoras, refuerza una postura dogmática en relación a la omnisciencia de la ley, reproduce una falsa conciencia de una sociedad "armónica y controlable" a partir de los designios jurídicos (BARILE 2006: 258).

Así, es urgente que se cuestione cuánto de esta concepción sobre el papel del derecho y de los actores del derecho sigue hoy vigente, reproduciendo estructuras de poder antidemocráticas, misóginas y racistas. En todo caso, es preciso identificar esta matriz política conservadora y su influencia en el perfil institucional del poder judicial brasileño. A esta caracterización es necesario agregar la concepción elitista de la magistratura, derivada de la participación política activa que los magistrados sostuvieron históricamente, siendo posible afirmar que los miembros del Poder Judicial constituyen un estrato representativo en el proceso de construcción del Estado nacional. La vinculación que los magistrados mantuvieron tanto con los partidos políticos como con otros grupos de poder, explica su actuación en el interior del propio aparato estatal, en favor de la reproducción de los intereses de esos grupos (BARILE 2006: 259). En Brasil, los titulares del poder político siempre estuvieron emparejados con los poseedores del poder económico privado o con los agentes estatales de alto rango.

En la historia brasileña, desde los tiempos coloniales, es evidente esa relación entre el poder político y el poder económico, es decir, la estructura de poder en el país y la mentalidad colectiva han sido marcadas por el "espíritu capitalista" de la teoría weberiana. No por acaso, la elite brasileña suele confundir el patrimonio público con lo privado, al punto de que los tributos son, usualmente considerados, tanto por empresarios como por agentes estatales, un "activo de la sociedad de hecho" como recuerda COMPARATO (s/d).

Igualmente debemos subrayar que la consolidación estructural del poder en Brasil se dio en un ambiente social y político connivente con la explotación del trabajo esclavo, una esclavitud que permeaba toda la vida empresarial, doméstica y a la propia Iglesia Católica. Lo que por cierto se sigue reflejando en la cotidianeidad brasilera. En el conjunto de la sociedad la desigualdad no escandaliza, por el contrario es naturalizada como se observa en el trabajo doméstico no remunerado realizado por las mujeres. En la política está naturalizado que la soberanía popular es mera retórica, puesto que existe una notoria convicción de que el poder solo es eficientemente ejercido por la élite de la población. El abuso de poder no se castiga, y en los periodos de autoritarismo, las oligarquías siempre han recurrido a la amnistía por medio del Poder Judicial para cerrar la discusión sobre los regímenes de excepción. Fue el caso de la dictadura cívico-militar de 1964, con la famosa decisión sobre la ADPF n. 153 del Supremo Tribunal Federal sobre la Ley de Amnistía en 2010 (Berner e Boiteux, 2013).

De esta forma el Estado liberal tiene históricamente carácter patrimonialista, con marcada preponderancia de los intereses de la elite sobre los intereses públicos. Y esto se fortalece por una formación jurídica estructurada para reproducir el sistema adecuado a los intereses del capital. En este ambiente, el poder es ejercido por los detentores de los medios económicos, función reconocida por el propio grupo social dominado, lo que se refleja, obviamente, en la feminización de la pobreza. Los poderes en este país generalmente están ligados a los grupos dominantes. En otras palabras, el Poder Judicial es un poder blanco, masculino, heterosexual y elitista.

En Brasil, el Poder Judicial que se instala con la República a partir de 1889 fue concebido con la tarea de desvincularse del poder centralizador del Rey, presente durante todo el período colonial e imperial. La idea era reevaluar el propio modelo de Estado, a fin de consagrar las finalidades públicas de aquella institución y consolidar un elenco de derechos de los ciudadanos ante una nueva situación socio-política. Todavía, la ruptura con el régimen anterior se mostró de extrema complejidad, pues dentro del propio poder insurgente estaban representados los miembros de la oligarquía latifundista, aferrada a sus privilegios heredados del sistema anterior. Esto no cambió a lo largo de la historia de la República ni se reestructuró con la Constitución Federal de 1988. Por lo tanto, corresponde a la lucha feminista contemporánea traer, para dentro del sistema que hoy tenemos, las herramientas para romper con el patriarcalismo capitalista instalado en la estructura del poder.

* Vanessa Batista Berner es Profesora Catedrática de la Facultad Nacional de Derecho de la Universidad Federal de Rio de Janeiro (UFRJ); Coordinadora del Laboratorio de Derechos Humanos de la UFRJ. Enlace para el CV completo: http://lattes.cnpq.br/1452471636248504

Notas

[1] En Brasil el bachillerato (bacharelado) es el grado concedido con la finalización de la mayoría de las carreras universitarias.

Referencias Bibliográficas

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